El Tribunal Supremo ha dictado una importante sentencia con fecha de 31 de marzo de 2021 en la que establece que los gastos por relaciones públicas con clientes y proveedores, así como los promocionales y los regalos a clientes o al propio personal del negocio, son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades. Hacienda limitaba hasta ahora esta práctica al considerar que no era un gasto directamente relacionado con el negocio.
