Esta convocatoria del consistorio valenciano tiene como objetivo conceder ayudas directas a comercios, bares, restaurantes, personal autónomo y empresas con menos de 10 trabajadores/as que desarrollen su actividad en las Pedanías del Sur, cuyo territorio ha sido declarado como “Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil” el 5 de noviembre de 2024.
Si su actividad económica ha sido afectada y cumple los requisitos de la convocatoria, puede solicitar una de las siguientes ayudas:
- 4.000 €: Para personas cuya actividad haya sufrido daños materiales en un local situado en planta baja.
- 2.000 €: Para personas cuya actividad haya sido afectada, pero sin daños materiales.
A estas ayudas podrán acogerse tanto las personas físicas o jurídicas como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y que cumplan, entre otros, una serie de condiciones.
Requisitos
Ser titulares de una actividad económica cuyo local de desarrollo se encuentre en las pedanías del sur de València afectadas por la Dana. El Ayuntamiento detalla que en caso de no disponer de local de desarrollo de la actividad, el domicilio fiscal deberá encontrase en dichas pedanías
Estar dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y en la AEAT, en una actividad económica que se desarrollaba en las pedanías del sur el día 29 de octubre de 2024.
Igualmente, se pide estar incluido en los supuestos de exención del IAE previstos en el artículo 82 del Texto Refundido de la ley de Haciendas Locales, y que la titularidad de la actividad corresponda a autónomos o empresas cuya plantilla media de trabajadores en situación de alta en los doce meses anteriores al 29 de octubre de 2024 o en su caso, en el período en que se esté de alta en la actividad, sea inferior a diez personas trabajadoras.
Formulario y plazo
Las personas y empresas interesadas en concurrir a estas ayudas deberán rellenar y firmar un formulario de solicitud que comprende una declaración responsable donde se ha de asegurar que cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de València y hasta el 31 de diciembre de 2024.
Las instancias pueden presentarse en las tres oficinas de atención temporal que el consistorio ha habilitada en las alcaldías pedáneas de La Torre, el Forn d’Alcedo y Castellar-l’Oliveral; en los registros de entrada del propio Ayuntamiento –casa consistorial, Tabacalera, Juntas Municipales de Distrito y Alcaldías Pedáneas–; y en los demás registros regulados por la Ley del Procedimiento Administrativo Común y también a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de València.
Puede consultar con nuestro despacho para cualquier duda que tenga al respecto
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